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Fallos: 254:475 de la CSJN Argentina - Año: 1962

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 475 :

minos del art. 16, primera parte, de la ley 43 y de la precedente sentencia de esta Corte.

BENJAMÍN ViLLEGas BASAVILBASO — AristóBrLo D Aráoz De LaMADRID :

— Ricarno CoLomBres — EstEnay Iaaz — José F. Binav.

OCTAVIO BLANCO

JUBILACION Y PENSION.
La "Caja otorgante" a' que se refiere el art. 5" de la ley 14.519, es aquella en la que el afiliado prestó sus últimos servicios, por aplicación del principio general sustentado en el art. 25 de la ley 14.370 (1).

FISCAL v. DUILIO SANTORO Y OTROs k RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Lo atinente a la interpretación de la ley que rige la prenda con rezistro es cuestión de orden común, irrevisible en ls instancia extraordinaria, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa, Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales, Art. 15.

La garantía constitucional de la defensa en juicio carece de relación directa con lo resuelto por la sentencia que, con fundamento en los arts, S, 14 y 44 del decreto-ley 15.348/46 (ley 12.962), admite la punibilidad de quien vendió, sin ulterior reposición, las cosas afectadas con prenda flotante.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestimes no federales.

Sentencias arbitrarias. 1mprocedencia del recurso.

No procede el recurso extrrordinario, basado en la arbitrariedad, contra la L sentencia suficientemente fundada que resuelve sobre el aleanee de la disponibilidad de los bienes sujetos a prenda flotante, limitándola a los origina- .

rios, con exclusión de los bienes reemplazantes.

LEY: Interpretación y aplicación.

Admitida la necesidad de la interpretación de la norma penal, no es pertinente limitarla de modo a excluir la explicitación de la razonable voluntad E del legislador, compatible con los textos en que ella se ha instrumentado.

1) 24 de diciembre, Fuilos: 249:401 , | : |

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Año: 1962, CSJN Fallos: 254:475 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-254/pagina-475

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