fallar puntos comprometidos 4 su decision. Que en el compromiso, las cuestiones sometidas fueron dos, á saber : cuál de los contratantes ha dejado de cumplir el contrato de f. 3. Resuelto este punto, determinar las indemnizaciones que deba el que ha sido causa de la inejecucion del contrato, á su contra parte, y que el laudo no habia hecho otra cosa que resolver de una manera bien clara estas cuestiones, condenando á Etchegoyen en ambas. — Contestando la espresion de agravios en la parte relativa al recurso de apelacion, la misma señora de Alurralde dice: que estableciendo el contrato un plazo para sacar la hacienda vendida, y no habiendo concurrido Etcheyoyen durante él á los lugares de tablada estipulados en el mismo contrato, á recibirla; faltó á sus obligaciones como comprador y debe pagar por lo tanto, los daños y perjuicios que esta falta de cumplimiento i ha causado á la vendedora. Que fundada en lo espuesto, pide al Juzgado se sirva confirmar el laudo de la mayoría con especial condenacion en costas.
Y considerando, respecto de las causas de nulidad invocadas por el recurrente:
4 Que consta por el contrato de fs. 3 y 4 y tambien por la escritura de compromiso corriente á fs. 8 vuelta á 9 que las personas que debian resolver las cuestiones suscitadas, revestian el carácter de árbitros arbitradores y amigables compone dores.
Considerando 2". Que en tal virtud, la primera causa de nulidad carece absolutamente de importancia, porque la ley 23,título 49, Partida 3°, autorizaá los árbitros arbitradores «para resolver en cúal manera quisiessen 6 maguer no fiziessen ante sí comenzar los pleitos por demanda ó por respuesta é non catassen aquellas cosas que los otros jueces son tenudos de guardar, con todo eso valdria el juicio 6 la avenencia que ellos fiziessen entre ambas partes, solo que sea fecho á buena fé 6
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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:396
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