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Fallos: 248:24 de la CSJN Argentina - Año: 1960

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3 ROSA SARA MANTOVA ȣ CANEPA v. MARIO ONEGA y Or
RECURSO DE REVOCATORIA.
Las sentencias y resoluciones de la Corte S insusceptibles de los recursos de medio y de nulidad. pre RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite.

a Lo referente a la ejecución de la sentencia, de la cual se ha concedido la apelación extraordinaria, ode el e tribunal de la causa.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite.

La facultad que asiste a la Corte Suprena para ordenar la suspensión de a dimient Ati . "Tapes en supuestos en ineludiblemente lo e de e insti tucional,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de octubre de 1960.

Vistos los autos: "Mantova de Cánepa, Rosa Sara c/ Onega, Mario y otro s/ ejecución hipotecaria".

Y considerando:

Que de acuerdo a una reiterada doctrina las sentencias y resoluciones de la Corte Suprema son insusceptibles de los recur sos de revocatoria y de nulidad (Fallos: 193:236 ; 244:506 y otros).

Que, por lo demás, lo resuelto a fs. 457 vta. se ajusta a los dispuesto por el art. 7? de la ley 4055 y a la jurisprudencia del Tribunal (Fallos: 245:387 ).

Que cabe agregar, por último, que la facultad que asiste a esta Corte Suprema para ordenar la suspensión de los procedimientos, es estrictamente excepcional y no puede ejercitarse sino en supuestos en que ineludiblemente lo impongan razones de orden institucional, lo que no ocurre en el caso (Fellos: 245:425 ).

Por ello se decide no hacer lugar a lo solicitado en el escrito que antecede, debiendo estarse a lo decidido a fs. 457 vta.

AristóBULO D. Aríoz DE LaMAprID — JuLIo OYHANARTE — PEnrO AnrRASTURY — RicanDo CoLoMBres.

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Año: 1960, CSJN Fallos: 248:24 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-248/pagina-24

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