IGUALDAD. .
Ver: Constitución Nacional, 18, 22, 23, 24, 25; Expropiación, 9; Recurso extraordinario, 23, 30, 50, 85, 86.
IMPORTACION.
Ver: Expropiación, 3. .
IMPUESTO.
Ver: Jurisdieción y competencia, 27; Recurso extraordinario, 66, 98; Rentas públicas, 1.
IMPUESTO A LA PLUSVALIA.
Ver: Recurso extraordinario, 14, 43.
IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA.
Ver: Recurso extraordinario, 43, 66.
IMPUBSTO A LAS GANANCIAS EVENTUALES.
Ver: Expropiación, 25, 28.
IMPUESTO DE JUSTICIA.
1. No encontrándose los juicios de expropiación comprendidos en la enumeración taxativa del art. 57 de la ley de sellos (T. O. 1956), debe tenerse por satisfecho el impuesto de justicia con el sellado acompañado y aplicable a los pleitos de valor indeterminable, sin perjuicio del que pudiera corresponder en enso de considerarse por la Corte la acción reivindieatoria interpuesta en forma subidiaria: p. 340.
IMPUESTOS PROVINCIALES.
Ver: Jurisdicción y competencia, 28.
INCOMPATIBILIDAD.
Ver: Acumulación de beneficios, 1.
INDEMNIZACION.
Ver: Acumulación de beneficios, 2, 3; Constitución Nacional, 26; Expropiación, 1; Intereses, 1; Jubilación de empleados de empresas partieulares, 3; Ley, 2.
INHIBITORIA.
Ver: Jurisdieción y competencia, 5, 6.
INJURIAS.
Ver: Constitución Nacional, 25; Recurso extraordinario, 86.
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Año: 1958, CSJN Fallos: 240:489
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