TALLOS DE LA SUPREMA CORTE
patentados, y para organizar y establecer compañías en la Bepública para el uso y venta de dichos aparatos manufactu| rados por la Compañía propietaria ; y no para entablar acciones judiciales y de carácter criminal como era la deducida.
h y Fallo del Juez de Seecion Buenos Aires, Agosto 2 de 682
Y vistos, considerando : 1° Que á la demanda interpuesta á
f. 45 por D. Walterio R. Cassels, en representacion de la Compañía eléctrica de Brusch contra D. N. Sherman como representante de la Compañía United States Electric Light por defraudacion de los derechos que le acuerda la putente de f. 2.
concedida á la primera, ha opuesto el segundo las excepciones de falta de personería y arraigo del juicio.
2 Que la primera de dichas excepciones se funda en que el poder presentado por Cassels es el mismo que la Compañía Brusch confirió á su Agente en el Brasil D. Pedro Hurzcin | quien se lo ha sustituido para ejercerlo en la República Argentina, el cual no tiene facultad para ejercer acciones de la naturaleza de las que ha deducido, y la segunda, en que la citada Compañía Brusch no tiene su domicilio en esta ciudad sinó en Estados Unidos.
Considerando: Que el poder sustituido á Cassels, cuya traduccion obra á f. 10 lo faculta para solicitar en la República Argentina, letras, patentes por invenciones en los aparatos y sistemas destinados á producir y utilizar la electricidad para alumbrar, etc.; agregando al final de sus cláusulas que todo lo que haga ó convenga hacer en su capacidad como agente ó apoderado de la Compañía Eléctrica de Brusch, ésta lo ratifica y confirma; que en presencia de esta cláusula no puede dudarse que el apoderado Cassels obra dentro de los límites de sus
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Año: 1882, CSJN Fallos: 24:418
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