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Fallos: 24:357 de la CSJN Argentina - Año: 1882

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Loza, y que desde el principio de su permanencia allí supo por boca del mismo Loza que su domivilio era Savira».

Que este último testimonio á mas de singular, carece de precision, y viene á ser tan deficiente como los anteriores, pues ninguno de ellos espresa en qué fecha tuvo lugar el cambio político 4 que se alude ocurrido en Santiago del Estero, qué tiempo transcurrió despues de él hasta que Loza vino de la Provincia de Córdoba á vivir en la estancia de Savira, si lo hizo acompañado de su familia, y por último, cuándo tuve lugar su muerte.

Que en contraposicion se presentan los testimonios bajo juramento y con todos los requisitos legales producidos unte el Juzgado de primera Instancia de la ciudad de Córdoba, de los que resulta que el Doctor Don Eusebio Polanco y Don Froilan R. Espinosa declaran contestes «que les consta personalmente y de ciencia propia que Don Francisco Loza en la época de su fallecimiento se hallaba domiciliado en dicha Provincia, permaneciendo con su familia alternativamente un tiempo en la Capital y otro en la Villa de San Francisco, Departamento del Chañar, de la misma Provincia, donde tambien les constaba que tenia la mayor parte de sus bienes», Estas declaraciones vienen confirmadas por el informe del Juez de primera Instancia de la Villa de San Francisco, y hacen plena prueba en juicio segun derecho.

Que no obsta, por otra parte, que el exhorto del Juez de Córdoba se haya dirijido al de Santiago despues de haber éste sentenciado en rebeldia la demanda sobre filiacion natural de Doña Susana Loza de Gutierrez, porque las cuestiones de incompetencia pueden proponerse como excepcion dilatoria ante el Juez que se considere incompetente, ú ocurriendo al que se crea competente para que se dirija al que estima no serlo, para que se inhiba y remita la causa, como en el caso presente; y porque al iniciarse el juicio de testamentaria, antes de la es

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Año: 1882, CSJN Fallos: 24:357 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-24/pagina-357

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