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Fallos: 24:324 de la CSJN Argentina - Año: 1882

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E Fallo de la Suprema Corte | + Tuenos Aires, Agosto 26 de 1882.

E Vistos por sus fundamentos, se confirma con costas la senE tencia apelada de foja sesenta y nueve; satisfechas las de la a instancia y repuesto los sellos, devuélvanse los autos.

É 1. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ. — r -—ULADISLAO FRIAS. — S. M. LASPIUR.

|

E LL]


CAUSA LXVII
Don Demetrio Garcia contra varios colonos de la Colonia Alvear, del departamento del Diamante, sobre cumplimiento | de contrato.

Sumario. — Sin probar la existencia del acuerdo entre las partes no puede haber contrato, ni obligacion procedente de él.

Caso. — Lo esplica el E

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Año: 1882, CSJN Fallos: 24:324 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-24/pagina-324

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