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Fallos: 24:178 de la CSJN Argentina - Año: 1882

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> FALLOS DE LA SUPREMA CORTE , alle del Juen Seccional San Juan, Octubre 4 de 1880.

| Vistos: entre D' Francisca S. de Sanchez y D. Honorato Galasso, reclamando la primera una accion á la mitad de un molino y terreno adyacente vendido ó duda en pago por su esposo D. Juan José Sanchez, en fraude de sus derechos á favor del segundo, con lo alegado por las partes, teniendo en vista las constancias de autos, y considerando:

1" Que la demanda de D' Francisca $, de Sanchez, segun el sentido esplícito del contesto, y final del escrito de demanda á foja 13 de los autos, consiste en pedir la nulidad, rescisión, revocacion del acto jurídico de venta, 6 dacion en pago hecho por su marido D. Juan José Sanchez, á favor del demandado Galasso, de la accion de la mitad del molino, viña, huerta, bodega y terrenos adyacentes, ubicados en el Departamento de Desamparados, fundándose para ello: en que dicha accion del molino fué adquirida por compra con dinero de la actora pertenecientes á sus bienes dotales, por su esposo, | durante la sociedad conyugal.

2 Porque aun suponiendo que la adquisicion se hubiese hecho por la misma sociedad conyugal, el acto de la venta 6 dacion en pago consumado por su esposo ú favor de Galasso, se ha celebrado en fraude del crédito personal que tiene contra aquel por los bienes dotales que recibió despues de su matrimonio.

3° Que la contestacion del demandado, en su escrito de f. 75 y 1. 78, se contrae: 1° 4 deducir excepcion de oscuridad en los términos de la demanda, por cuanto en ella no se espresa categóricamente, si se deduce accion de reivindicacion del fondo vendido, á que parece limitarse la licencia judicial obtenida para parecer en juicio (auto en cópia de f. 48), 6 si reclama la b ahi

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Año: 1882, CSJN Fallos: 24:178 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-24/pagina-178

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