todos los requisitos necesarios para elaborar con esa uva un vino de primera..." (fs. 190). La referencia inicial a subdivisión, aparece con el eroquis sin fecha ni firma agregado a fs. 313 el 23 de noviembre de 1948, por la ensa Della Santa y Egea, en ocasión de preguntársele, por oficio, si había sido intermediaria en la compra por la Sociedad Filippini Ltda. a la sueesión Araujo de Guiñazú (fs. 314). La impugnación del representante de la expropiada a la primera tasación de la Comisión Especial del Tribunal de Tasneiones, no se refirió tampoco al valor del inmueble subdividido fs. 398402), Es sólo en la reunión plenaria del Tribunal celebrada el 26 de febrero de 1951, cenando se dispone "que la Sala efectúe un estudio comparativo de valores vonales, en base a los antecedentes que aportará el Sr. Representante de la demandada y a los que obren en poder de la Sala" (fs. 411), y el 22 de febrero de 1952 (fs. 427) el citado representante agrega copia de los eroquis de fs. 417, 418 y 419, sin firma, que se titulan °° Anteproyecto de Loteo" de la propiedad de la S. A, Filippini Ltda. y llevan fecha 15 de diciembre de 1947, siendo de puntualizar que la escritura de compra por la Sociedad Filippini Ltda. se otorgó el 14 de enero de 1948 (fs. 169) y que la autorización judicial para realizarla, es del 23 de diciembre de 1947 (fs.
170 vta). Fuera de lo expuesto, que quita todo valor a la fecha que indican los croquis copiados de fs. 417 a 419, ninguna referencia a su existencia se hizo con anterioridad; y hasta la subdivisión espontáneamente introducida por tercero a fs. 313 en noviembre de 1948, anticipa el fraccionamiento en quinta y no el loteo urbanizado de las variantes de fs, 417 a 419, agregadas en 1952. La subdivisión teórica, al solo efecto de fijar valores, ha sido reconocida por la Sociedad expropiada en su memorial de fs, 480.
Que las circunstancias precedentemente reseñadas,
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:515
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