Que son atendibles las razones que motivan la petición que se formula y es adecuada la redistribución peopesta le.
niendo en cuenta que los señores Jueces doctores y del Castillo ya han entendido —en razón de los interinatos que les ha correspondido desempeñar— en las causas euyo conocimiento se les atribuye, y que es menor el ¿ra de los Juzgados 1. 4, 5 y 6 por ser de más reciente mn.
Resolvieron : de conformidad con lo expresado em el oficio de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Penal Especial y en lo Contenciosoadministrativo (art. 28, ine. a, de la ley 13998) dispusieron la siguiente redistribución de eausas:
a) Juzgado en lo Penal Especial n" 4, enusas: "Teisaire Alberto y otros s/ asociación ilicita"; "García Aldo Nelson y otros, por robo, daño, ete." y "Huidbañer Angel y otros, por homicidios, privación ilegal de la libertad, ete." b) Juzgado en lo Penal Especial n" 5, eausa: "Jorge Antonio y otros, por infracción a la ley de monopolio, contrabando. infracción al art, 301 del Código Penal, ete., con los sumarios que le están relacionados.
e) Juzgado en lo Penal Especial 1" 6, causas: "Cafiero Antonio F. y otros s/defraudación y nsociación ilícita" y "Camboa Miguel y otros, por apremios ilegales, ete".
Todo lo eual dispusieron y mandaron, ordenando se comuniease y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — ALvarno Orgaz — MAnUrL J. Ancañarís — Ent quE Y. Garad — Carros Menrena — BENJAMÍN VinLeGas BasawiLaaso — Jorge Arturo Perú (Secretario).
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:510
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