Aituación legal no varía mayormente de la de su coprocesado idal, Que su equipaje debía ser objeto de verificación en su contenido y que si bien autorizó el embarque de objetos que no eran de su pertenencia en su emipaje, no conocía cuáles eran ellos, por lo que sólo ha mediado de su parte una grave negligencia y no el propósito doloso de disminuir la renta aduanera, ni de beneficiarse con la introducción de la mercadería individualizada como de propiedad de Leonardo J. Vidal. Por todo lo eual se le impone una multa de $ 100.000. Las costas se declaran a cargo de los prenombrados Vidal y Tolomei, en la proporción que la sentencia determina, El tribunal se pronuncia por la ratifieación parcial de la sentencia del a que, no sólo porque sus conclusiones se basan en una interpretación criteriosa de las disposiciones legales que ri gen el caso contemplado en autos, sino también porque el nudo de la enestión a resolver finca en una cuestión de hecho —el error de embarque— que ha sido ampliamente comprobado en el trámite administrativo y judicial de la presente enusa, Debiendo embarcar con el equipaje de Raúl Enrique Tolomei 3 bultos de efectos o de Leonardo J. Vidal, los empleados de la firma despaehante Tomás J. Valentino, de Nueva York, por error incluyeron en la remisión al puerto de Buenos Aires de todo el "stock'" de mereadería que Vidal tenía en los depósitos de Tomás J, Valentino, inclusive todos los elementos adquiridos para la instalación de una planta fonográfica en Lima (Perú). .
Este hecho ha quedado certificado por la demanda que por daños y ruca: dedujera Leonardo J. Vidal contra la firma Tomás J. Valentino ante la Suprema Corte del Estado de Nueva York y en cuyas actuaciones el prenombrado, como sus empleados, reconocieron y explicaron el error en que habían incurrido (constancias de fs, 47 a 62), Además se han aportado por el recurrente Vidal piezas probatorias que nereditan plenamente 5u buena fe. Faetor de gravitación decisiva a los fines de graduar la pena que ha de aplicarse dentro del sumario que se-ha instruido contra ambos eneausados.
Las referidas pruebas demuestran que Leonardo J. Vidal ha sido víctima de un error de embarque, ya que existen eonstancias fehacientes de que la mercadería que se trajo a Buenos Aires, correspondía ser dirigida al Perú.
En efecto, así surge del pagaré de fs. 97, referente a un préstamo de 27.000 dólares que le hiciera el Sr. Maggiolo Botto, de Lima, euya firma ha sido debidamente autenticada, Corrbora la cirennstancia anotada la carta de fs, 98, di
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Año: 1956, CSJN Fallos: 236:519
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