Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 236:104 de la CSJN Argentina - Año: 1956

Anterior ... | Siguiente ...

Por ello y habiendo dictaminado el Sr, Procurador General se desestima la precedente queja.

ALrreDo Oncaz — Manver J.

Ancañarís — Exnique V.

Gartir — Cantos Hernena — BEnJAMÍN VitLecas Basa.

VILBABO,
JUANA BASILIA LOPEZ DE QUIETO —sucesion— RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Interpretación de normas locales de procedimientos.

No constituye cuestión federal la referente a saber si, a efecto de la transferencia de fondos solicitada por exhorto del tribunal de Arevintia or el sal ME el Mo sueesorio, se re o no la t tegra declaratoria rico o de la e como lo pretende la Dirección General Impositiva (1).


S. R. L. SIGMA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal, Oportunidad.

El acogimiento de las pretensiones de una de las partes es eventualidad previsible que obliga a proponer en oportunidad procesal las cuestiones de índole federal que puedan importar a la defensa de la contraria (?), RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones uo federales, Sentencias arbitrarias, No configura arbitrariedad la vigencia atribuída al prinHo sine lege en el úmbito de las sanpe po e 1) 10 de octubre, 2) 10 de octubre, Fallos: 24, 734.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

97

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1956, CSJN Fallos: 236:104 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-236/pagina-104

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 236 en el número: 104 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos