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Fallos: 235:104 de la CSJN Argentina - Año: 1956

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ARNALDO BORTHIRY
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de la Constitución Nacional, Procede el recurso extraordinario fundado en la violación de la defensa en juicio y debe dejarse sin efecto la sentencia recurrida, cuando habiendo tramitado la regulación de honorarios practicada en un exhorto, sin partielpación de los herederos. recurrentes. cn el juicio ue, tivo por cobro de aquéllos seguido ante el juez de la testamentaría, se priva a los mismos del derecho de oponer preseripción de dos años por sostenerse que tal defensa es extemporánea.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio, Principios generales.

La tía de la def ñei uiere que se dé a los ale aa A —_ a jueces en proenra de justicia.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El recurso extraordinario interpuesto a fs, 513 del principal no ha sido fundado conforme lo exige el art.

15 de la ley 48.

Siendo ello suficiente para determinar su improcedencia, correspondería desestimar la presente queja intentada por su denegatoria, — Buenos Aires, 12 de marzo de 1956. — Sebastián Soler.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de junio de 1956.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Jacinta Borthiry en la causa Borthiry Arnaldo s/ testamentaría", para decidir sobre su procedencia,

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Año: 1956, CSJN Fallos: 235:104 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-235/pagina-104

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