FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de mayo de 1956.
Autos y vistos; considerando :
Que el 17 de julio de 1953 la Policía Federal inició en esta Capital, con conocimiento de la justicia nacional en lo penal especial, el sumario que ha dado lugar a la formación del proceso remitido a esta Corte Suprema para decidir la cuestión de competencia trabada con la justicia de instrucción de la mencionada ciudad.
+ Que el 24 de setiembre de 1954 se declaró cerrado el sumario (fs. 125); prodújose luego la acusación (fs.
126) y la defensa (fs. 130 y 134), y, renunciado el término de prueba por el fiscal y el defensor, se dictó la providencia de autos para sentencia (fs. 135 vta.).
Esta fué dictada el 2 de mayo de 1955, por el Sr. Juez en lo Penal Especial, quien impuso a Fernando Rodríguez Ortiz la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso como responsable de los delitos de hurto y falsificación de intrumentos públicos en concurso real y en forma reiterada el último (fs. 137 y sigtes.).
Que apelado el fallo por ambas partes, el Sr. Fiscal de Cámara sostuvo la incompetencia de la justicia en lo penal especial para conocer respecto de los delitos de falsedad imputados, y la nulidad de todo lo actuado al respeeto, por entender que se referían a documentos que la Policía Federal expidió como autoridad local de la Capital. Agregó que, por tratarse de una incompetencia fundada en razones de orden público, podía ser declarada en cualquier estado del juicio. Respecto del delito de hurto solicitó la confirmación de la sentencin de primera instancia y la fijación de la pena en dos meses de prisión (fs. 146).
Que el 27 de setiembre de 1955 la Cámara respecti
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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:787
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