Por el contrario la decisión del Sr. Juez a quo está de acuerdo con la doctrina sentada en el caso " Azevedo y Cía. e./ Fisco Nacional" (Fallos: t. 225, pág. 76).
Por lo demás, cabe señalar que los dictámenes de la Dirección de Yerba Mate de fs. 139 a 142, que concuerda en un todo con las pruebas aportadas al juicio M la opinión oficial de la Ex-Seeretaría de Industria y Comercio, vertidas por intermedio de las subeomisiones de ese Departamento y de Asuntos Legales de la Comisión de Yerba Mate, en el expediente agregado a fs.
143 a 221, me llevan a la convieción .de la justicia del reclamo de la firma actora.
Por lo tanto voto por la afirmativa sobre la enestión propuesta.
Los Señores Jueces Doctores Maximiliano Consoli y Romeo F. Cámera, adhirieron al voto precedente, A mérito del Acuerdo que anteeede, se confirma, con costas, la sentencia recurrida de fs. 269 a fs. 273. — Abelardo Jorge Montiel. — Maximiliano Consoli, — Romeo Fernando Camera.
DICTAMEN DEL Procuranor GENERAL
Suprema Corte:
El recurso ordinario de apelación concedido a fs.
302 es procedente de acuerdo con lo dispuesto en el art. 24, inc, 7, ap, a), de la ley 13,998.
En cuanto al fondo del asunto el Fisco Nacional D. G. L) actúa por intermedio de un apoderado especial, quien ya ha asumido ante V. E. la intervención que le corresponde (fs. 318). Buenos Aires, 19 de mayo de 1955. — Carlos G. Delfino.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de mayo de 1956.
Vistos los antos; "Mackinnon € Coelho Ltda. S.
A. e/ Fiseo Nacional (D, G. L) s/ repetición de impuesto a las ventas", en los que a fs. 302 se ha concedido el recurso ordinario de apelación.
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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:617
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