evasiones al impuesto a la transmisión gratuita de bienes mediante la ubicación en el extranjero de títulos o neciones correspondientes a sociedades cuyos bienes están radicados en la República.
SENTENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
En la ciudad de Eva Perón, a tres de agosto de 1954, re- ú unida la Suprema Corte de Justicia en Acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B, 1" 40,607, caratulado: "Justo Osear Felipe -Sueesión"; se procedió a practicar la desinsaculación de ley, resultando que en la votación debía observarse por los Sres. Jueces el orden siguiente:
Dres, Caro Betelú, Curto, Demaría Massey, Servini.
Antecedentes El Juzgado 1" 4 en lo Civil y Comercial del Departamento de la Capital, dictó sentencia en estos autos haciendo lugar a la impugnación formulada por el apoderado de la sueesión y deelaró que la Oficina de Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes reajuste las liquidaciones practicadas, con costas, La Cámara Segunda de Apelación —Sala T1— del mismo Departamento confirmó ese pronunciamiento.
Se dedujo recurso de inaplicabilidad de ley.
Dictada la provideneia de autos y hallándose el juicio en estado de pronunciarse sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente Cuestión ¿ Es fundado el recurso de inaplicabilidad de ley ? Votación A la cuestión planteada, el Sr. Juez Dr. Caro Betelú dijo:
1" Se debate en estos obrados, un problema siempre renovado por la representación fisral de la provincia no obstante las reiteradas decisiones en contrario del tribunal que integro, coincidentes con la jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación, Versa la cuestión sobre la facultad impositiva que tiene la provincia sobre las transmisiones a título gratuito de aeciones o cuotas de sociedades comerciales, cuando dichas entidades tienen bienes situados en territorio Terovincial y su domicilio legal fuera del mismo, debiéndose aclarar que en cuanto a las
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Año: 1955, CSJN Fallos: 232:483
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