TIBERIO CRISTIANI v. FELIPE FORT
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad, Planteamiento en primera ins tancia, Es tardío el planteamiento en la alzada de una cuestión constitucional previsible en el responde desde que la efectividad del supuesto agravio sólo dependía de que la sentencia admitiera la pretensión de la demanda (1), RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen.
Si el recurrente no sólo no pretende haber tratado de ejereer con resultado negativo el derecho de solicitar la creación de una comisión paritaria que acuerda el art. 14 de la ley 14.250 a quienes fueron parte en un convenio, sino que tampoco demuestra que intentándolo por intermedio del organismo patronal pertinente el resultado tuviera que ser necesariamente adverso, no media verdadero agravio —que En Terr meniaio— Y qee consistiría según el empleador apelante en la imposib i dad de requerir la constitución de dicha comisión (2).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión foderal. Cuestiones federales simples, Interpretación de otras normas y actos federales.
El art. 113 del Reglamento para la Justicia Nacional no sustenta el recurso mt si según fundamento de su denegatoria —no controvertido por el recurrente en la queja— el fallo que podría considerarse contradic.
torio con lo deeidido en la causa, no refleja la orientación actual de la sala que lo dictó.
o llos: 2 211, 5 h A e pue 05, 105; 211, 462:218 , 634
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Año: 1955, CSJN Fallos: 232:201
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