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Fallos: 232:188 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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dicho, falta de restitución a su debido tiempo— sino de una verdadera estafa cometida mediante el ardid o engaño de abultar el precio efectivamente pagado con la presentación de comprobantes falsificados al efecto.

Ello sentado, considero que el delito se consumó en esta Capital, pues el propósito perseguido por Wagner no fué quedarse sin más con parte del dinero que le había entregado la sociedad defraudada, sino engañarla mediante la presentación de documentos falsos a efectos de que la misma no le reclamara en adelante la devolución de los $ 5,000 m/n. en juego.

En consecuencia, opino que debe resolverse el conflieto trabado deelarando que debe seguir conociendo del caso el Juez Nacional en lo Penal de Instrueción de esta Capital. Buenos Aires, 27 de junio de 1955, — Carlos €, Delfino,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de julio de 1955.

Autos y vistos; considerando :

Que en este proceso se imputa a Arturo Luis Wagner, haber comprado en Rosarió? Provincia de Santa Fe, como socio y gerente de la firma denunciante, un tractor para ésta por la suma de $ 7.500 m/n. pagado por él con dinero que la sociedad le había entregado para esa y otras operaciones; haber luego adulterado la boleta de fs. 2 de modo que la compra aparecía hecha a otra casa y por la suma de $ 12.500 m/n., y rendido nsí cuentas en la Capital Federal con ese documento y el vale de fs, 1, en el que certifica haber pagado el importe aludido; de cuya manera habríase beneficiado con

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Año: 1955, CSJN Fallos: 232:188 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-232/pagina-188

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