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Fallos: 231:459 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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mido ante V. E. la intervención que le corresponde (fs, 107). Buenos Aires, 30 de marzo de 1955. — Carlos G.

Delfino.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires, 26 de mayo de 1955.

Vistos los autos: "Maura y Coll e/ Gobierno de la Nación s/ repetición", en los que a fs. 101 se ha concedido .el recurso extraordinario.

Considerando:

Que la sentencia de fs. 95 hace lugar a la demanda, disponiendo que el Gobierno de la Nación reintegre a la actora el importe del exceso que ésta abonó al satisfacer los derechos de importación de las mercaderías a que las actuaciones se refieren, y que proviene del error en que incurrieron al convertir a moneda argentina el valor en dólares que correspondía a aquéllas.

La demandada ha interpuesto recurso extraordinario sosteniendo que, como ese error, que reconoce ser exacto, figuraba en el manifiesto aduanero y éste es inalterable conforme a los arts. 129, 352 de las Ordenanzas de Aduana, la decisión recurrida que contraría estos preceptos autoriza la deducción del mencionado recurso.

Que se trata de mercadería no incluída en la Tarifa de Avalúos, de modo que los derechos aduaneros de importación se han debido liquidar teniendo en cuenta el valor declarado por los importadores y justificado con la presentación de las facturas originales, tal como lo dispone el art. 25 (T. O.) de la ley de aduana (14 de la n° 11.281) y su correlativo 134 de las 00. de A.

La manifestación previa formulada al efecto con

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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:459 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-231/pagina-459

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