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Fallos: 23:678 de la CSJN Argentina - Año: 1881

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— e FALLOS DE LA SUPREMA CORTE A Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 24 de 1681, E Vistos: y considerando que el caso en cuestion no está com prendido en el artículo séptimo del reglamento de la adminis e tracion de justicia de mil ochocientos trece, puesto que no preq senta grandes dificultades y puede resolverse sin escándalo ; E revócase el auto apelado de foja doscientas treinta y nueve, y E satisfechas las costas de la instancia y repuestos los sellos, a devuélvanse al Juez de Seccion para que proceda y determine E conforme á derecho.

a 4. DOMINGUEZ. — O. LEGUIZAMON. — 3 ULADISLAO FRIAS, — $. M. LASPIER, SOPA ilo E |

CAUSA CXELVYI
Dode y Delacroir con Don Enrique J. Rodriguez, sobre desembargo. Incidente sobre personería y apercibimiento.

Sumario. —1° Una demanda en que se reclama la propiedad esclusiva de fondos embargados preventivamente como perteE

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:678 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-678

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