se aprueba la mensura y tasación praeticadas, y se manda sacar á remate el terreno; y en 8 de Ma-zo del indicado año se verificó la almoneda, anuncióndose la venta de una suerie de tierras de 3 leguas de frente y el correspondiente fondo, situadas en el paraje llamado Chipion, en los confines de la frontera del Norte de la jurisdiecion de esta Ciudad, denunciada por Don Vaustino Orellano bajo la espresion y linderos que constan de la ope= racion de mensura, habiendo ofrecido el denunciante el precio de tasación que son cien pesos (1005) á razon de 20 5 cada legua. Y no mejorándo:e la postura, se declaró el remate á o favr de Don Faustino Orellano; 7 Al siguiente día se mandó hacer el pago del preeio del remate y demás derechos esijdo- por la ley; y Don Faustino Orellaro entregó en Reales Cajas, von fecha 15 de Abri, ciento diez y siete pesos 7 reales (417 $ 7 vales) á que asciende el precio de los terrenos, medía annata, servicio pecuniario y su conduccion y 8" Elevado el espediente ú la Junta Superir de Hacienda en 2 de Marzo de 100 y pasado en vista al listal, cbse: va que en casí todos los espdientes tramitados en la Intendencia de Cór= doba se n-tan los defectos que encuentran en el presente; pero que despues de pasados seis años y medio de de que el rematador pagó el precio, y se le puso en posesion del terreno denun= ciado y vendido no queda vtro camino que dispensar esos defectos, y remitir los autos para que pueda estenderse el correspondiente título, satisfaciendo el intervsudo por esta gracia el dos por ciento con arreglo á la Real Cédula de 23 de Marzo de año Y8. La Junta Superior en 4 de Diciembre de 1805 dice que corre-pondia mandar evacuar las dilijencias que echa de ménos el Señor Fiscal, y que se sncase el terreno denunciado á nuevo remate; pero que en utencion á su corto valor, y á la posesion en que se halla el rematador Don Faustino Orellano se aprueba el remate que hizo este Señor del
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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:585
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