— 5 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE E Doña Leonarda Ferreyra se le prefiera. Los tasadores practican Y el avalúo de dos y media leguas de frónte al Bañado, inclusive la medía legua que pide se le conceda la precitada Señora, La E mensura y la tasacion se aprueban y se mandan sacar las tierras Á licitación ; y por consiguiente se aprueba tambien la ubicacion de la área denunciada, es decir, que principia del lindero de Doña Leonarda. incluyendo la media legua precitada, El remate se anunció bajo la espresion y línderos que constan de la ope= racion de mensura; y en esta forma compró Orellano: lo que E: importa manifestar, que el límite de los terrenos por el Sud era el lindero de la Señora Ferreyra.
19" Estos antecedentes revelan que no ha quedado ningun Mueco entre | 5 terrenos denunciados, y los de la Señora Ferreyra, que la media legua que pretendió su apoderado se incluyera en los mensurados, tas.dos, sacados á remate y comprados por hi Orellano; que la precitada Señora no praeticó dilijencia alguna en prosecucion de su pretension, y por consiguiente no hay an= tecedente alguno que autorise á armar que la referida media legua se escluyó de los terrenos fiscales denunciados y comprados por Don Faustino.
Así pues, tenemos que los terrenos de que se trata tienen tres leguas de fondo y dos leguas y media de frente ul Bañado principiando del linde o de Doña 1 eonarda Ferreyra, y que se puso en posesion de ellos á Oreliano tan luego que verificó el pago, como lo espresan el Señor Fiscal, la Junta Superior de Hacienda en su auto de aprobacion, y en título que se Je mandó estender ; siendo, por otra parte natural, que hecho el remate y pagado el precio se pusiese en posesion al comprador, 13" Fijuda el drea del terreno comprado al Fisco, continuemos con las tramisiones sucesivas que se ban hecho hasta Legar al último adquirente. En 47 de Noviembre de 1864, Don Toribio Orellano, Don Eujenio Navarro por Pillar Urquia, Don José Ramon Luque por su esposa Doña Ascencion Sosa, Doña L
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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:588
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