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Fallos: 23:519 de la CSJN Argentina - Año: 1881

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DE JUSTICIA MACIONAL 50 A CAUSA CX11 i Don Ernesto de las Carreras contra Don Juan Mair, sobre " indemnización de daños y perjuicios 3 Sumario. —1° No está obligado al pago de daños y perjui- , elos por violacion de un contrato, el que no ha podido cumplirlo 4 por falta de la otra parte. ! No puede recibirse á prueba en segunda instancia un hecho directamente contrario 4 lo afirmado en la demanda. 1 Caso. — Don Juan Mair se había comprometido á comprar el buque Mío Uruguay por diez mil pesos fuertes, y no ha= biendo hecho la compra se obligó 4 mantener la oferta de los — 10,500 pesos fuertes vendiéndose el buque ea remate en treinta ——— días á contar desde 2 de Abril de 1880. 1 La venta del buque se anticipó al 24 de Abril, y produjo nueve mil seiscientos fuertes. a Don Eruesto de las Carreras alegando que el dia 24 de Abril había avisado á Mair que el remate tendria lugar ese dia en Le Campana, y que aquel produjo un quebranto de 400 pesos — fuertes, lo demandó por el pago de dicha suma con intereses y — costas. 4

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:519 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-519

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