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Fallos: 23:396 de la CSJN Argentina - Año: 1881

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Por estos fundamentos fallo : no haciendo lugar con costas 4 la demanda deducida por los señores Hammer y Peltzer, reservando la parte de Lagomarzino sus derechos, para que pida cómo y cuánto le conviniere la indemnizacion de daños y perjui= cios que le hubiere cansado el embargo de la referencia. Repónganse los sellos y notifíquese con el original.

Isidoro Albarracin.

Fallo de la Suprema Córte Buenos Aires, Julio 21 de 1881, Vistos: por sus fundamentos se confirma con costas la sentencia apelada de foja ochenta y cuatro. Satisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvase.

D. GOROSTIAGA. — 3. DOMINGUEZ, —
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
— 6. M. LASPIUR.

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:396 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-396

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