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Fallos: 23:364 de la CSJN Argentina - Año: 1881

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1° de Setiembre de 1876. — 3 Que así formada la cuenta y aprobada, la empresa constructora del ferro-carril pague en el dia su importe 4 D. Hipólito Keravenant. — 4° Que segun la sentencia de la Suprema Corte, la misma empresa debe pagar, y ordeno que pague á Keravenant, las costas de netuacion y el honorario de peritos.

Hágase saber.

Benigno Vallejo.

Keravenant apeló, y ante la Suprema Corte la parte apelada demostró que las obras de riego eran practicables en la parte en que los peritos no lo habian avaluado por medio de un sifon, comprometiéndose ella misma d hacerlas.

Fallo de la "uprema Corte Buenos Aires, Junio 30 de 1881 Vistos y considerando :

Primero: Que por sentencia ejecutoriada de esta Suprema Corte, de diez y sei, de Mayo de mil ochociento setenta y ocho, « se limitaron al importe de dos pasos á nivel por sobre la vía férrea y al del nuevo arrezlo de acequias » los perjuicios debidos por la empresa constructora del ferro-carril 4 D, Hipólito Keravenant, á consecuencia de la esenvacion practicada en su terreno.

Segundo : Que los peritos nombrados para estimar tales perjuicios no ereen posible regar por medio de acequias como una tercera parte del terreno de Keravenant, hecho que la empresa no desconoce, si bien afirma que puede regarse por medio de un sifon cuyo plano y presupuesto de costo ucompaña á foja ciento treinta, Tercero : Que estando comprendido todo el terreno de Kera

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:364 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-364

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