S. R. L. FABIAN DI NARDO Y CIA.
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales. Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sus reparticiones autárquicas.
Es competente la justicia nacional la local Ao AAA —]_— H———e—————= paria perteneciente ación, ili a resultar nia a raíz del ei
DICTAMEN DEL PrOCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
De los elementos de criterio obrantes en autos se desprende que entre los días 5 y 10 de mayo ppdo, fué robado del interior de un vagón de la Empresa del Ferrocarril Nacional Domingo Faustino Sarmiento un paquete conteniendo camperas que estaba consignado a la firma Fabián Di Nardo y Cía.
En el sumario instruído con tal motivo se han deelarado incompetentes para entender en el mismo tanto la justicia ordinaria de la Provincia Eva Perón como la justicia nacional con asiento en la citada provincia, trabándose de tal manera un conflicto jurisdiccional que compete dirimir a V. E., de acuerdo a lo que establece el art. 24, inc. 8" de la ley 13.998.
De lo precedentemente expuesto, surge en consecuencia, la responsabilidad que podría derivar para el Estado, teniendo en cuenta que los efectos sustraídos se encontraban bajo la custodia del mencionado ferrocarril.
Por ello, y de conformidad a reiterada jurisprudencia de V. E. en casos análogos (219, 388 entre
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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:756
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