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Fallos: 229:617 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de agosto de 1954.

Vistos los autos: "Nini de Font, Angela e/ Font, José s/ divorcio, separación y tenencia", en los que a fs. 685 vin. se ha concedido el recurso extraordinario, Considerando:

Que el recurrente depositó una suma diez veces superior a la que Juego se fijó a los efectos del recurso de inaplieabilidad de ley que interpuso (fs. 667, 679 vta). Ello pone de manifiesto su falta de interés suficiente para sustentar la invalidez del precepto legal que establece esa exigencia, fundada en ser violatoria de la defensa en juicio y de la igualdad aseguradas por la Constitución Nacional, en perjuicio de quienes no se hallaren en condiciones de hacer el depósito aludido Fallos: 193, 38; 211, 1221, entre otros).

Que, por lo demás, el eserito de interposición del recurso extraordinario (fs. 683) enrece del fundamento exigido por el art. 15 de la ley 48 y la jurisprudencia Fallos: 225, 592).

Por tanto, declárase improcedente el recurso extraordinario concedido a fs. 685 vta.

Roporro G. VALeszrELa — ToMÁs D. Casanes — Ferire SaxTtIaGo Pérez — Atito Pessacxo,

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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:617 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-617

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