Sólo importa establecer que la sentencin de venta carece de fuerza de cosa juzgada en los términos del art, 320 de la ley 50. Por lo demás, esta conelusión es, en el censo, ineludible, en razón de lo resuelto a fs. 330 por la Cámara Nacional de Apelaciones de Eva Perón que, por otra parte, comprueba que el juez de primera instancia no ha sido en la especie el superior tribunal de la causa en los términos del art, 14 de la ley 48 —Fallos:
224, 307 y otros—. .
En su mérito y habiendo dictaminado el Sr. Procurador General, se declaran improcedentes los recursos extraordinarios concedidos a fs. 304 y 310.
Ronorro G. VALENZUELA — ToMÁS D. Casares — FeLire Saxtiaco Pérez — Amino Pessacxo — Luis R. Loxct,
ELIA MARQUE DE MOREIRAS Y OTROS v. SOCIEDAD
DE SEGUROS MUTUOS F.A.T.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos locales en general.
La sentencia de Suprema provincia de Santa Ls tencia e UN CANto Ayres de de provincia de Snte de inconstitucionalidad y, además, que no existe en el fallo apelado falsa o errónea aplicación del art, 53 de la ley local 3480, versa sobre puntos de derecho local y de hecho y es insusceptible del recurso extraordinario (').
1) 15 de julio,
Compartir
82Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1954, CSJN Fallos: 229:367
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-367
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 229 en el número: 367 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos