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Fallos: 228:603 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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SABAS GOMEZ y. PABLO PARIDE FRANCO
RECURSO EXTRAORDINARIO: ltequisitos formales, Introducción de lo cuestión federal. Forma, Si bien para la correeta introducción en la causa de una enestión federal no son necesarias fórmulas especiales ni términos sacramentales, requiérese en cambio la invoención explícita del derecho nacional que se estima desconovido y la expresión de su conexión con la materia del pleito.

La simple reserva, pues, del recurso extraordinario °°por violación del art. 29 de la Constinción Nacional" no constituye correcto planteo de la enestión federal (1), VICENTE MORMANDI —sreesión — RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comines, Cuestión justiciable.

Puesto que las contiendas de competencia se gobiernan por trámites distintos a los del recurso extraordinario, las resoluciones que deniegan el planteamiento de enestiones de « competencia por inhibitoria son sólo recurribles para ante el superior inmediato, de enyo fallo no cabe apelación ante la Corte Suprema.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requísitas formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Plantramiento ex el escrito de interposición del recurso extraordimario, La invocación de elánsulas constitucionales con motivo de ta deducción del recurso extraordinario es tardía si la pretendida enestión federal pudo ser planteada con anterio.

ridad, DicramES DEL Procrranor CIENERAL Suprema Corte:

No habiéndose artienlado oportunamente en autos cuestión federal que haya resuelto el a quo, estimo co01) 3 de mayo, Fallos: 221, 90:224 , $46,

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:603 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-228/pagina-603

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