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Fallos: 228:432 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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2) A fs 20, por intermedio de apoderado, comparecen María Luisa, Jorge Miguel, Roberto Pedro y Gustavo Mateo Gandulfo y Mendieta, aclarando que todos son condóminos del inmueble, Apela la resolución de fs. 10; tacha de inconstitucional el deereto 17.920/44 y deja planteado el caso federal, A E. 46, acompañan el titulo de propiedad que se agrega a fs. 2545, A Es. 55, desisten del recurso y las enestiones planteadas en la primera presentación, Y finalmente en la andiencia de que da cuenta el acta de fs. 72, los demandados, por intermedio de su apoderado, responden a la pretensión de la actora, econ el escrito de fs, 66/71, Refiriéndose al precio sostiene que debe integrarse con los siguientes valores pareiales valor real de la superficie al momento de la expropiación ; valor del edificio estimado en función de dos factores contra puestos; vejez de la construeción y elevado costo actual de la edificación; valor de la vereda independientemente de la construeción y de la superficie; intereses del capital desde la época sde la desposesión hasta que sea recibido por las expropiadas y costas del juicio. Argumenta sobre enda uno de los valores, para llegar a la suma total de $ 424.6651,28 m/n.. sín contar los intereses y las costas, debiendo correr los primeros desde el día «le la desposesión. A continuación ofrece prueba Considerando IL Los demandados han probado ser propietarios del inmueble a expropiar, sito en esta Capital, calle Cerrito 625 a 029, cuyas medidas y linderos obran en el título justifica tivo de fs, 28/45 y que el dominio se encuentra inseripto sin gravámenes de ninguna especie —ver informes de fs, 82 y 83—.

IL Entrando ya a fijar el valor del bien, debemos diseriminar los distintos rubros a que se refiere la demandada, empezando por el valor de la superficie. No se discute que el valor que debe asignarse, es el valor objetivo al momento de la desposesión (art. 11, ley 13.264), Los demandados, analizando los valores de la planilla de fs. 126 y demás antecedentes, fijan a fs, 69, en $ 2.100 m/n., el precio unitario por metro cuadrado. Hegando a un total de $ 384468 m/n. El Banco Hipoteeario Nacional a fs. 17, avalúa la superficie en $ 1,200 m/n, el metro enadrado al 12 de julio de 1948. Respecto de la renta, para la Administración General de Obras Sanitarias de la Nación, puede verse el informe de fs. 23, que totaliza $ 590 por mes. Coincide esta suma con la asignada por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, según informe de fs. 102

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:432 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-228/pagina-432

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