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Fallos: 228:412 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN LO Civil y Comerciar. EsrEcian Buenos Aires, 12 de agosto de 1952.

Y vistos: estos autos seguidos por el Fisco Nacional e/ Hilda A. N. Vieyra de Díaz Valdez s/ expropiación, de los cuales, Resulta:

1) Afs.3M4se ta por medio de apoderado el Estado Nacional iniciando demanda contra la Sra. ¡ilda Adelia Narcisa Vieyra de Díaz Valdez por expropiación de los lotes 1 155, 156, 161 y 162 que forman parte de una fracción de campo ubicada en el partido de Esteban Echeverría, Provineia de Buenos Aires, Funda su derecho en los decretos-leyes n° 26.266 del 2 de oetubre de 1944 y 4020 del 20 de febrero de 1945, enyas copias acompaña.

Expresa que el valor de dichos lotes fué fijado en $ 336.630,05 mn. correspondiendo % 318.883,25 m/n. para el terreno y $ 17.746,80 para las mejoras, suma que se deposita a los efectos de lo dispuesto en el art. 4° de la ley 189.

A fs. 45, 57 y 58 se pone al netor con fecha 17 de mayo de 1945 en posesión de la propiedad.

II) La demandada contesta a o la acción. Me iesta que no se opone a la expropiación sin perjuicio de invalidez del decreto que ordena tal medida. a sación administrativa del inmueble es absolutamente baja.

Refuta aquélla, señalando que las tierras tienen aptitud para ser vendidas en lotes, sea para establecimientos industriales, sen para pequeñas quintas o viviendas de "week-end"; agrega que la expropiación agropecuaria no será su destino por ser antieconómico, de manera que no interesa sustancialmente la calidad de las tierrns, sino sólo su ubicación y distancia de la Capital —11,5 Km. de los ejidos y 25,5 Km. de la Plaza del Congreso—, Se refiere al movimiento de pasajeros entre esa zona y la Capital, a las líneas telefónicas de comunicación y al erecimiento progresivo de Buenos Aires con relación a las perspeetivas de esa fracción.

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:412 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-228/pagina-412

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