tribunal de procedencia y hágase saber en la forma de estilo a la Cámara Nacional de Apelaciones de Mendoza.
RonoLro G. VaLeszueLa — Tomás D. Casanes — FeLipr SaxtIAGO Pénzz — Ario Pessacno,
JUAN FARUELO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia policial.
Con arreglo a lo dispuesto el art. 65, ine. 2", del Código de Procedimientos de Ta Justicia Policial Nacional, corresponde a ésta conocer del delito de contrabando cuya comisión en un lugar no determinado de la zona del puer to de la Capital Federal y fuera de actos del servicio, se imputa a un subayudante de la Prefectura Cieneral Marítima.
DICTAMEN DEL AUDITOR GENERAL DE LA JUSTICIA POLICIAL
NACIONAL
AS. E. el Señor Ministro Secretario de Estado del Interior:
Instruído este sumario en Prefectura Nacional Marítima, ha quedado definitivamente planteado en el mismo, un conMets Feriado! por desinateria, entes el fuero policial y El hecho que ha suscitado la referida cuestión procesal, no aparece esclarecido en sus pormenores, pero, a estar al secuestro de mercadería practicado y a la confesión de su tenedor, Subayudante Juan Faruelo, se trataría de un contrabando de eartones de cigarrillos, cometido por dicho suboficial en zona portuaria y en oportunidad en que vestía de civil y se hallaba de servicio.
El detalle de que llevara indumentaria particular o estu
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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:345
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