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Fallos: 228:26 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA nal en cuanto a este punto no responde a otro propósito que el de humanizar la propiedad asegurando el cumplimiento de la función social que sin duda alguna le incumbe, podría también referirme a la ley sobre radicación de enpitales extranjeros según la cual los que ingresen de acuerdo a la misma quedan equiparados a los capitales nacionales, y las empresas que se constituyan con esos capitales recibirán un tratamiento ignal al que reciben empresas argentinas similares.

Para terminar lo referente al derecho de propiedad, deseo destacar una disposición de excepcional importancia que ya ha producido y seguirá produciendo cada vez más beneficiosos efeetos para el progreso del país y el bienestar de su pueblo, Es la que establece que incumbe al Estado fisenlizar la distribución y untilización del enmpo, con el objeto de desarrollar e inerementar su rendimiento en interés de la comunidad y proeurar a cada labriego o familia labriega la posibilidad de convertirse en propietario de la tierra que cultiva.

Es decir, en otros términos, que la tierra habrá de ser para quién la trabaja. Son numerosos los ensos en que ello ha ocurrido ya desde la sanción de la Constitución de 1949, facilitado por la gran extensión de nuestro suelo.

3 ORGANIZACIÓN DE LAS AUTORIDADES DE LA NACIÓN, Como he dicho hace algunos instantes, la Constitu.

ción Nacional contiene un segundo grupo de disposiciones que organizan el gobierno del país en función de los derechos y garantías de la libertad personal, La Constitución de 1949 ha robustecido la forma representativa, republicana, federal, adoptada en 1853 para el gobierno del país, Al mismo tiempo que la Na

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:26 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-228/pagina-26

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