si FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
CORPORACION DE TRANSPORTES DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES v. SANTIAGO SANGUINETTI Y OTROS
F PROFIACION: Indemnización. Determinación del valor veal, Mediando elementos de juicio suficientes para obtener promedios equitativos con respecto al valor del terreno expropíado, no procede tomar en consideración a dicho efecto la aperación referente a un Jote situado ar seis enadras realizada seis meses después de la toma de posesión del inmueble mencionado en primer término. Y no alterando las conclusiones de la sentencia apelada la aluNENA UN posiile seat de Je peritos y del Trina de Tasaciones acerea del acceso al inmueble ni mediando razones suficientes para modificar el precio fijado por aquélla, corresponde confirmarla.
SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN LO Crvit, Y COMERCIAL
Esrecian Tuenos Aires, 31 de agosto de 1951, Autos y Vistos: para sentencia esta causa promovida por la Corporación de Transportes de la Ciudad de Buenos Aires contra Santiago Sanguinetti y otros sobre expropiación, Resultando:
Se presenta la sctora y demanda la expropiación de una fracción que forma parte de los terrenos ubicados en la peri feria Sur de esta Ciudad, Sección 19, zona 3 municipal, barrio conocido por "Nueva Pompeya", con las medidas y linderos especificados en el plano adjunto y que son: una superficie de 5009 mi, y en detalle: 20,436 m, con frente a la Avda. Sáenz Oeste; 12,485 m. con frente a la calle Mom; 190,60 m, en su costado diagonal Sudoeste: 123 m. en su costado Sud-sudoeste.
Señala que la avaluación a los efectos de la contribución territorial es de $ 20,000 que con su 20, ley 12.996, art. 4, ofrece en este juicio y depositará oportunamente una vez aprobada la valuación fiscal. Afirma que el valor aproximado por metro enedrado es de % 399, cantidad que considera por lo demás equitativa.
Al efecto de acreditar el carácter expropiable del inmueble
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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:84
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-84
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