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Fallos: 226:550 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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550 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA pe La ResPONSABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA La vida corporativa puede ser de suma fecunda y nos es necesaria a cuantos —jueces y profesionales— somos responsables de la jurisprudencia, Una buena justicia —lo he dicho antes de ahora y no vacilo en repetirlo—, depende tanto de la conducta de los profesionales como de la de los jueces. Los primeros están bajo el imperio de los últimos, pero en la realidad de la vida judicial los profesionales son, en un sentido moral de suma trascendencia, jueces de sus jueces. Unos y otros son servidores de la justicia, y el servicio común crea una responsabilidad común que sólo en común puede ser asumida, Ha de ponerse, pues, una gran esperanza en la convivencia orgánica de unos y otros.

No basta tener conciencia de que es tarea de salvación articular de nuevo, como decíamos ayer, la estruetura de las sociedades, reducidas a algo así como arenales en los que tanto da que cada uno esté donde esfú o en cualquier otra parte. Hay que imponerse modos de vida con los que se inicie, todo lo rudimentariamente que se quiera, la indispensable reestructuración. Sobrepongámonos a la funesta y a menudo estúpida soberbia de comportarnos como si cada uno se bastara a sí mismo, y como si la sociabilidad hubiera de reducirse a las manifestaciones más frívolas e intrascendentes de la vida y no fuera, como cada uno necesita que sea, la natural integración de la vida personal, la indispensable confortación de ese débil juneo que es el hombre. Su grandeza consiste, como decía Pascal, en que aunque

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:550 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-550

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