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Fallos: 226:531 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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y jurídica del individualismo liberal. Pero como no se va impunemente contra el orden natural y la soberanía de la Verdad, cuando parecía llegar a su término la modelación interior del nuevo hombre y la instauración jurídica del nuevo orden ciudadano, comenzó a oirse uy 1 elamor disonante. En la intimidad del hombre desligado y endiosado no había paz. A fuerza de medirlo todo con la medida del hombre comenzó a hacérsele patente a éste su propia medida, cuando en la cumbre de la soñada emancipación quedó libr=lo a sí mismo, en el vértigo de la nada que es ese "sí mismo" absoluto. Y en la convivencia de los hombres en el mevo reino de la liber tad no había justicia, porque para ser absolutamente libre había que estar nbsolutamente sólo y por lo mismo, indefenso.

Ello hizo que muy amplios sectores sociales se distanciaran de la autoridad que debía regirlos. Ni la nutoridad los expresaba, rotas como habían sido las formas genuinas de la representación, ni dichos sectores tenían posibilidad regular y efectiva de participar en el ejercicio de la autoridad después de suprimida, cuando no la existencia, por lo menos el valor institucional de los organismos sociales intermedios, El distanciamiento obedecía también a una falta de correspondencia entre el estado de espíritu de quienes legislaban para el nue vo hombre y el nuevo orden, convencidos de que estaba alcanzándose el término ideal del progreso humano, y el estado de espíritu de tantos de esos hombres destinatarios desesperanzados de la renovación, porque la ex periencia del intento cra para ellos, tanto en su vida interior como en la de relación, desconsoladora y amarga. Así fué como la perfección técnica innegable de la legislación general del siglo XIX no pudo impedir que su autoridad moral hiciera erisis. Y lo que pareció sur

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:531 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-531

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