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Fallos: 226:527 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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se llama participar no participa de veras ninguno, y mientras tanto la apariencia hnee que el gobierno sea ejercido sin efeetiva responsabilidad por quienes de hecho lo detentan.

Es que la participación indiferenciada e inorgánica de todos, —siempre más aparente que real—, no sólo en la designación de las autoridades, sino también en la eondueción misma del gobierno por obra de una presunta "opinión pública" que actuaría como una especie de plebiscito universal y permanente sobre todas las materias y todos los problemas del gobierno, desvió la atención de lo que primordialmente concernía a cada uno en la vida social; de aquello donde le correspondía a cada uno asumir una inmediata responsabilidad personal. La desvió de los ámbitos o núcleos sociales en los que cada miembro puede y debe tener de veras partici pación- conductora porque se trata de lo eminentemente suyo, de lo que él integra vitalmente; como la familia, el gremio del propio trabajo, el municipio... Esa arti.

ficiosa magnifiención de la responsabilidad política produjo lo contrario de lo que se procuraba. Suprimido todo organismo intermedio entre el individuo y el Esta.

do con el propósito de exaltar las libertades políticas individuales, nunca fué la responsabilidad política menos conereta, menos reflexiva, menos consciente. Y por lo mismo nunca fué más fácil eludirla. En semejante estado de cosas se comprende que la representación se hiciera cada vez menos auténtica en los regímenes políticos, y la vida social cada vez más desconcertada y más anárquica.

La consecuencia que sobre todo importa señalar .

para los fines de esta exposición es el divorcio patente y

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:527 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-527

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