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Fallos: 225:72 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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r 7 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA PROVINCIA DE BUENOS AIRES v. MATHILDE ALVAREZ DE TOLEDO DE DIAZ VELEZ EXTRACCION DE FONDOS, Es improcedente la extracción de fondos correspondientes a la indemnización de un inmueble expropiado, solicitada por quien fuera propietaria del bien si de antos resulta "ue, en parte, el inmueble había sido vendido en lotes, y no se ha justificado en forma fidedigna los derechos de los tereeros compradores —por ser la requirente quien pretende determinar los eréditos de los mismos—, a quienes tampoco se ha dado audiencia adecuada al respeeto (1).


S. A. CRISTALERTAS ALMET
RECURSO EXTRAOPDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos, La cuestión referente a si el arancel para abogados y procuradores ha derogado o no la ley de quiebras en lo referente a la oportunidad para practicar regulaciones, en los su 08 de convocatoria de nereedores, es punto de natuo procesal y ajeno al recurso extraordinario (?),
RODOLFO FLORENCIO FERREYRA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestión federal. Cuestiones fedemles simples, Interpretación de las leyes federales, Leues federales de envácter procesal.

Es improcedente el recurso extraordinario contra el auto de un juez nacional en provincias denegatorio de la excarcelación del procesado, por no ser aquél sentencia defini1) sE de febrem, 3) 24 de febrero. Fallos: 218, 220 y 595; 220, 1345,

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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:72 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-72

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