Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 225:651 de la CSJN Argentina - Año: 1953

Anterior ... | Siguiente ...

ción, expte, 122/47) llamados para definitiva a fa. 218, de los cuales resulta :

1 A fs. 6, el Sr. Carlos A. Castagnet, patrocinado por el Dr. Jesús H. Paz a mérito del poder especial testimoniado a fa. 13, promueve demanda contra el Gobierno Nacional por indemnización de los daños y perjuicios que le acarrea a su mandante la expropiación del campo que arrienda al Banco Hipotecario Franco Argentino, la que tramita en- expediente Ne 122/47, de la secretaría nctuaria. Hace un minucioso relato y discriminación de los referidos perjuicios, que estima en $ 663.100 m/n. y pide Se condene al gobierno demandado a pagarle esa suma, con más los intereses y las costas. + 2 Resueltas las incidencias promovidas sobre la desocupación del campo por el actor, a fs. 43 ve reserva el derecho de "reclamar por la vía que corresponda el resarcimiento de todos los daños y perjuicios emergentes de la situación que le ha terna de eopropiacróa realizada ", sin coneretar la cifra en que 3 A fa. 60, se halla agregada el acta de toma de posesión del inmueble expropiado que Gobierno Nacional, con la presencia del representante | arrendatario, acto realizado el 22 de diciembre de 1947, 4? A fs 67, corre el acta labrada con motivo de la diligencia de comprobación del estado del campo realizada con la Berga de don representantes de abia perio dl 4 de June 5 "A fa. 70, el Sr. Procurador Fiscal, contesta la demande es des e e iio daños al el Gobi Nacional que rra a amp de pro arrendatario con motivo de la n del eampo de propiedad del Banco Hipotecario Franco Argentino; estima que todo lo que se reclama es en concepto de luero cesante y que ¿ate no es indemnizable conforme al art. 11 de la ley 13.264.

Pide el rechazo de la demanda, con costas.

Y considerando: , DA Que el actor ha probado debidamente que es arrendatario del eampo denominado "San Ignacio", ubicado en el partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, propiedad del Banco Hipotecario Franco Argentino, euya expropiación tramita ante ente juzgado por expediente N° 122, año 1947, que se tiene a la vista; la calidad del Sr. Avelino González Martínez surge del contrato corriente a fs. 1 del expediente N° 420, año 1943, del juzgado de paz de Bahía Blanca, agregado por euer

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

139

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1953, CSJN Fallos: 225:651 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-651

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 225 en el número: 651 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos