308 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
S. A. SHELL MEX ARGENTINA v. NACION ARGENTINA
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Jui.
cios en que la Nación es parte.
Para la procedencia del recurso ordinario de apelación en tercera instancia en los juicios en que la Nación es parte, requiérese que la suma disprtada exceda el límite legal. Entiéndese por tal la cantidad en que se pretende la modificación del fallo anelado, sin computar las condenaciones accesorias, e incumbe al recurrente determinar dicha suma.
No habiéndose establecido en la sentencia el monto por el cual prospera la neción ni babiéndolo hecho la parte ápelante, a pesar de haber disnuesto de los elementos que requirió para ello, corresponde declarar improcedente el recurso ordinario de apelación concedido para ante la Corte Suprema.
DICTAMEN DE Procunavon GENERAL
Suprema Corte:
El recurso ordinario de apelación concedido a fs.
170 es procedente, de acuerdo con el art. 24, ine, 7", apartado a) de la ley 13.998.
En cuanto al fondo del asunto, el Fisco Nacional Dirección General Impositiva), actúa por intermedio de apoderado especial, el que ya ha asumido ante V. E.
la intervención que le corresponde. Buenos Aires, 24 de diciembre de 1952. — Carlos G. Delfino.
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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:398
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