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Fallos: 224:824 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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LI FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
funda en la inconstitucionalidad de la ley N' 14.122 ale.

gada por la recurrente y desestimada por la resolución de fs. 256.

Que por ser innecesaria mayor substanciación ec rresponde examinar las cuestiones plantendas y pronunciarse sobre ellas sin más trámite.

Que fundado el recurso, en que la ley 14.122 es inconstitucional, y en que es arbitraria la decisión judicial apelada que deja sin efeeto la homologación resuelta por el mismo Juez con anterioridad, corresponde tratar en primer término la objeción de inconstitucionalidad, pues si fuera atendible serín inoficioso considerar el segundo de los agravios enunciados, Que sería desconocer la realidad decidir este asunto sin tener en cuenta su íntima y notoria conexión con todos los que originaron los decretos Nos. 9997/48 y 16.701/49 del Poder Ejecutivo Nacional y la ley aquí objetada. No se trata de un caso en el que sólo estén comprometidos intereses privados, sino el común de la Nación frente n un consorcio de capitales enya formación, poderío y actuación en la República han sido puestos públicamente de relieve por las autoridades administrativas y judiciales después de laboriosas aetuacio nes, y cuyo grave peligro para el libre desenvolvimiento de las actividades económicas del país, así como la absoluta necesidad de su pronta y definitiva extirpación, han señalado, sin discrepancia alguna, el Poder Ejecutivo en los decretos mencionados y ambas Cámaras del Congreso con motivo de la sanción de la ley 14.122, , Que la primera y más fundamental imputación hecha a la ley citada es la de que viola el principio de igualdad por ser arbitrariamente discriminatoria. Ello resulta: a) de que somete a la liquidación de un deter- e minado conjunto de sociedades a un régimen especial,

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:824 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-224/pagina-824

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