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Fallos: 224:664 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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su FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FRANCISCO N. ROCCO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Cuestión jusLa interpretación que los tribunales castrenses haran de los preceptos de los códigos militares cuya aplicación les incumbe, es insusceptible de recurso extraordinario en tanto no se cuestione la competencia de los mencionados organismos por ser el juicio de jurisdicción nacional o la enusa encuadre en otro supuesto que autorice la apelación.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 9 de diciembre de 1952.

Vistos los autos: °°Recurso de hecho deducido por el procesado en la eausa Rocco, Francisco N. s/ su proceso", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: Que con arreglo a reiterada jurisprudencia de esta Corte la interpretación que los tribunales castrenses hagan de los preceptos de los códigos militares cuya aplicación les incumbe, es insusceptible de recurso extraordinario en tanto no se cuestione la competencia de los mencionados organismos por ser el juicio de jurisdicción nacional o la causa encuadre en otro supuesto que autorice la apelación con arreglo al régimen del art. 14 de la ley 48 —Fallos: 149,175; 175,166; doctr.

Fallos: 221,213; 222,63 y otros.

Que de los términos del escrito de interposición del recurso extraordinario transcripto en la queja resulta así suficientemente que la denegación de la ape

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:664 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-224/pagina-664

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