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Fallos: 224:640 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES
Mendoza, 29 de agosto de 1952.

Y vistos:

Los autos n" 15274-8-478, enratulados: Seipioni César y Juan, Ape'ación de una Resolución por inf. ley 12.921", venidos del Juzzado Nacional de Mendoza. Exp. n° 615... a virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 19, contra la resolución corriente a fs. 14/17.

Censiderando :

Que la Delegación Regional del Ministreio de Trabajo y Prev sión impuso a la firma Seipioni, César y Juan una multa por infracción a la ley nacional n" 12,921, la que ha sido recurrida por esa entidad Que sin entrar a resolver a qué juez compete el conocimiento de la esusa, es lo cierto que el recurso autorizado ecntra la resolución de la Delegación Regional, debe ser resuelto en única instancia por el juez a quien se concede el recurso emfrrme a lo dispuesto por les arts. 6° de la ley 11.570 0 art.

45 de la toy de la Provincia de Mendeza n" 1376, Que estando limitadas por esas leyes la intervención de la justicia a la del juez ante el cual se concede la apelación, " la resolución recurrida como la decisión principal que recsiga en el recurso no es apelable ante este tribunal, En su mérito y conforme a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en situaciones análegas —Fale: 143, 271; 192, 913— se recnelvo: Declarar mal conredido el reenrso de apelación interpuesto a fs, 19, — José Elías Rodríguez Saá, — Octavio Gil,
DICTAMEN DEL ProCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Se discute en estos nutos, si en la apelación de una multa impuesta por la Delegación Regional Mendoza del Ministerio de Trabajo y Previsión a César y Juan Scipioni por infracción al artículo 1 del decreto N°

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:640 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-224/pagina-640

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