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Fallos: 223:471 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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cio partiendo del valor de $ 1,50 el m°, que resulta del promedio ponderado de las ventas formalizadas en el año 1944; la minoría, incluyendo al representante del expropiado, ing. Gutiérrez Acha, propicia la adopción del valor de $ 1,82 el m2. que resultaría del promedio de ! las ventas citadas en una planilla adjunta al informe de | la Sala. El Tribunal deja constancia que tanto el valor , de $ 1,50 el m?. como el valor de $ 1,82 el m", se hallan f afectados por un mismo coeficiente de reducción de | 0,40 que involucra las facilidades de pago, la cesión del terreno para calles y plazas y los gastos varios. Después y de considerar los coeficientes para esta zona se pasa a la segunda fracción fijándosele un valor, por unani-- :

midad, de $ 40 la Ha, dejando constancia el representan- | te del expropindo que su conformidad lo es sólo en cuan- | to al valor y no a la extensión ya que conforme con el voto emitido con anterioridad estima una mayor super- | ficie potencialmente apta para la subdivisión y venta.

También por unanimidad, se aprueba el valor asignado a las mejoras y que alcanza a $ 4.939,93.

Que esta Corte Suprema estima que corresponde adoptar las conclusiones a que arriba el órgano de la | ley 13.264 y que han sido descriptas en los precedentes | considerandos, teniendo en cuenta que se trata de un prolijo estudio, realizado con la intervención de los representantes de ambas partes que han sido oídos en todo momento y que se han realizado visitas a las tierras objeto de este juicio para tomar una impresión personal y se han adecuado los precios unitarios a las ventas realizadas sobre parcelas más próximas, con las correspondientes discriminaciones.

Por tanto se modifica la sentencia recurrida de fs.

498 en el sentido de fijar el monto de la indemnización o precio de la expropiación del inmueble en la suma total de quinientos treinta y ocho mil trescientos setenta | |

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Año: 1952, CSJN Fallos: 223:471 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-223/pagina-471

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