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Fallos: 223:333 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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adelietuosos —eonsistentes todos ellos en la violación de correspondencia y hurtos cometidos por empleados de Correos y Telecomunienciones— el conocimiento de la respeetiva emisa eriminal en la enal, por le demás, han prevenido,
DICTAMEN DEL Procenanon GENERAL
Suprema Corte:

So investiga en el presente sumario los delitos de violación de correspondencia y sustracción de su eontenido, en que habrían incurrido los empleados de Correos y Telecomunicaciones. — Rodolfo Darío Camiña, Merminio Velázquez, José Eduardo Carballo y José Luis Alvarez, Los nombrados estaban a cargo de los vagones postales del Ferrocarril Nacional General Roca que cubrían la línea Plaza Constitución — Bahía Blanca, hahiéndose manipulado dolosamente enarenta piezas en total (fs. 1/4). Al prestar declaración en el expediente administrativo agregado (fs. 27, 90, 106 y 120), que ratifican luego en la indagatoria judicial (fs. 53, 56, 58 y 6D), los acusados han confesado que esa actividad ilícita la desarrollaban casi en la totalidad de los casos al pasar el tren la estación Cañuelas, En tales condiciones, debe admitirse a mi juicio, —" puesto que algunas cartas fueron violadas en jurisdicción del Juzgado de Bahía Blanen, que los hechos más graves ocurrieron en jurisdicción de La Plata, tal como se deja expuesto en el dietamen de fs. 147 que hace valer la resolución de fs. 148 via.

Por las razones expuestas y consideraciones coneordantes del dictamen preindieado, opino que el presente conflicto jurisdiecional debe ser resuelto en favor

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Año: 1952, CSJN Fallos: 223:333 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-223/pagina-333

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