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Fallos: 223:118 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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CARLOS ABEL GODOY Y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia militar.

Corresponde a la justicia militar conocer de la causa instruída con motivo de la denuncia formulada un par

DEE A
puesto desacato y atentado a la autoridad, si los hechos imputados al acusado se desarrollaron mientras él desempeñaba funciones inherentes al servicio militar y procedía en cumplimiento de lo que a su juicio correspondía con arreglo a los respectivos preceptos de los Remite del Servicio de Guarnición y del Ceremonial Militar, por lo que debe coneluirse que procedió en neto del servicio.


DICTAMEN DEL ProcuraDor GENERAL
Suprema Corte:

Sostiene el Juez Nacional de Primera Instancia de —, General Pico ser competente para entender en el sumario que instruye con motivo de la denuncia formulada por Raúl Enrique Thompson contra el Teniente Coronel Carlos Abel Godoy, por supuesto desacato y atentado a la autoridad (fs. 330 y 344). Por su parte, el Juez de Instrucción Militar, mantiene la competenciu del fuero enstrense para juzgar la conducta del jefe citado (fs. 334).

La incidencia origen del proceso ocurrió el 24 de Setiembre de 1949 en el aeródromo de General Pico en el momento de arribar al mismo el avión que conducía al entonces Ministro de Obras Públicas de la Nación, General Juan Pistarini. En las circunstancias referidas el Teniente Coronel Godoy, hoy en situación de retiro, procedió en su carácter de jefe de la respectivguarnición, en cumplimiento de un acto del servicio militar. Por otra parte, su conducta en la emergencia — citada fué considerada en el orden militar por el Excmo,

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Año: 1952, CSJN Fallos: 223:118 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-223/pagina-118

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