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Fallos: 222:92 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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«" VALLOS DE LA CORTE SUPREMA Refieziona el infrasripto, que el olvido que impone la ley por el simple transcurso temps y que te Aide el le 0reS:

cripción decretada, no es perdón que aliviará la conciencia del o de los culpables. Dios y la Patria Accidiri MpTemATENo sobre sus acciones, por la enorme e injusti falta, de liviandad, en la disposición de lo que, —como se ha dicho en esta sentencia— honra, da derechos y crea dignificantes obligaciones, 5" Que el decreto 6605 está todavía en vigencia y únicamente en su art, 1' se ha modificado.

Por decreto 13.684/947 se limitó la suspensión de la concesión de la ciudadanía argentina por naturalización a los alemanes y japoneses, gozando éstos actualmente de este derecho por una ulterior y última reforma.

Las restantes cláusulas del decreto originario subsisten y fueron ratificadas por la ley 13.030.

6" Que ei tenor de los considerandos que preceden orienta ma resolución que recaerá en el sub-lite.

o hacer lugar al otro sí del alegato Ep Ds ptr E te, no concuerda con lo que ha quedado definitivamente sentado y probado en el cuerpo de este fallo.

Por ello, Resuelvo: —" Declarar cancelada la Carta de Ciudadanía otorgada el 3 de junio de 1940 por el Juez Letrado del Territorio de Río Negro con asiento en General Roca a Samuel Sehnaider, natural de Odesa, Rusia, hijo de Arie Schnaider y de Scheina Feiga de Schnaider, casado, nacido el 14 de mayo de 1901, Gerente del Banco Industrial, llegado al país el 8 de agosto de 1918 y domiéiliado en la Capital Federal, Av. Forest 646. — Oscar E, Serantes Peña.

Actaratoría General Roca, 10 de octubre del Año del Libertador General San Martín, 1950.

Autos y vistos: Considerando :

Que siendo procedente lo peticionado, Resuelvo :

¡atera tn sentencia dictado au estos nato En 28 te.

en el sentido de que las costas DE n al vencido, Sr.

muel Schnaider. — Oscar E. pm Peña.

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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:92 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-222/pagina-92

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