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Fallos: 222:439 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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Hno., y Miguel De Franessco. En cuanto a los otros colonos que afirma le vendieron, no obstante haber solicitado a esta Administración el informe respeetivo por Decreto de fs. 118, de acuerdo al informe de fs. 117 vta., la autoridad preventora, Dirección de Acridiología, no ha producido el pertinente informe correspondiendo en consecuencia dejar en suspenso todo pronunciamiento sobre élla hasta tanto las autoridades preventoras tomen cartas en el asunto y produzcan las pertinentes actuaciones sumariales. Que en consecuencia el pronunciamiento a dietarse debe estar relacionado con los hechos prebados y eonfesados por los colonos y al mismo tiempo reconocidos por este adquirente.

Que, si bien el referido infractor afirma haber revendido las láminas a los Sres. Barbero, Lanzetti y Perotti de la Capital Federal y dispuesta la declaración de la misma por ante la Aduana de la Capital, este hecho es desconocido como consta en el Acta de fs. 154, Por tanto, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en el art. 1,054 de la ley 810, el administrador de la Aduana de Rosario, resuelve:

I. Imponer a José Bandracco, el pago de una multa equivalente al valor tarifario de 1.537 láminas de barrera °Barbesino"°, con peso de 3.996 kilos 200 gramos, 1.537 clavos con peso de 568 kilos 690 gramos, y 1.137 grapas eon peso de 34 kilos 110 gramos, sin perjuicio del pago de los derechos y servicios que al Fiseo corresponde por la totalidad del material en infracción.

II. Imponer a los Sres. Mignel Juan Sara. el pago de una multa equivalente al valor tarifario de 1.277 láminas de barrera ""Barbesino"" pesando en junto 3.320 kilos 200 gramos y 983 elavos con peso de 363 kilos 710 gramos, sin perjuicio del pago de los derechos y servicios que al Fisco corresponde por el mismo material en infracción.

111. Imponer al Sr. Antonio R. Garbin, el pago de una multa equivalente al valor tarifario de 1.099 láminas de barrera ""Barbesino" con peso de 2.857 kilos 400 gramos, 971 clavos con peso de 359 kilos 270 gramos y 521 grapas ce pene de 15 kilos 630 cpcio e perjui ies de e los derechos y servicios que al Fisco corresponde por cantidad de material en infracción.

IV. Imponer a la Sra. Elena viuda de Garbín el pago de una multa equivalente al valor tarifario de 2.505 láminas de barrera "°Barbesino"" con peso de 6.513 kilos, 2.163 clavos, con peso de 800 kilos y 310 gramos y 2.043 grapas, con peso E

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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:439 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-222/pagina-439

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