ordinaria íntegra, beneficio que le fué otorgado por resolución de la Junta Seccional de fecha 24 de abril de 1951, Por estos fundamentos, habiendo dictaminado el Sr, Procurador General, se confirma la sentencia ree rrida de [s, 48, :
Lvis R. Loxeur — Ronorro G.
VALENZUELA — Tomás D.
Casares — FELiPE SANTIAGO Pérez — AmiLio Pessacxo,
BANCO HIPOTECARIO NACIONAL v. PEDRO
Y JOSE INSAUGARAT Y SAENZ
EXPROPIACION: Indemnización. Determinación del valor real, Corresponde confirmar la sentencia que adopta como precio del terreno expropiado, el establecido por el Tribunal de Tasaciones de la ley 13.264 en forma equitativa y concordante con el fijado por la Corte Suprema para un inmueble contiguo, con exclusión de ventas realizadas con posterioridad a la promoción del juicio y toma de posesión, y efectuadas por precios inexplicablemente superiores a todas las transneciones celebradas antes, SENTENCIA DEL Juez NacIonNaL La Plata, 30 de abril de 1951, Vistos: los autos "Banco Hipotecario Nacional e./ Tnsangarat y Sácnz Pedro y Josf, s,/ expropiación", de los que L Que a fs. 8/10 el Banco Hipotecario Nacional entabla demanda contra Pedro y José Insaugarat, por Cantapinción de un inmueble de pertenencia de los mismos, sito en el ido de Matanza de esta Provincia, cuyos detalles de ubiención, dimensiones, linderos, ete. resultan de esa presentación y sus antece dentes, necesario y declarado sujeto a expropiación con tal fin
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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:365
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