promoción del juicio; este informe fija el precio de $ 38.470,80.
A tres de estas valuaciones debe suponérselas elaboradas con un espíritu inequívoco de imparcialidad: la del perito tercero Ing, Rosa, la de la Dirección de Ingenieros del Ministerio de Guerra y la del Tribunal de Tasaciones; las dos primeras fueron tenidas preferentemente en cuenta por el Sr. Juez a quo, y la última producida con posterioridad a la sentencia, por emanar de un organismo constituído con las máximas garantías de Ampurciatidad y que al expedir sus informes cumple con la finalidad específica de su creación, debe constituir para este tribunal el elemento principal a tener en cuenta para la fijación de la indemnización. .
Bajo estos principios se pasa a analizar los diferentes aspectos sobre los que en el caso debe versar la indemnización.
1) Campo: En cuanto al valor que al campo propiamente dicho cabe asignarle no hay elementos suficientes concordantes en autos que impongan como justa una solución diferente a la adoptada por el Tribunal de Tasaciones con un criterio en cierto modo transaccional. En efecto, en esta tasación se divide el campo en dos fracciones de 119 h. 05 as.
y 27 Has, 15 as, asignándoles un valor unitario de $ 50 y $ 150 respectivamente, Esta misma división se encuentra, con matices diferenciales en todas las peritaciones anteriores. Se guía el Tribunal de Tasaciones en este caso por el muy preciso informe de la Dirección General de Ingenieros del Ministerio de Guerra, en cuanto a las superficies de ambas fracciones y A atento dl precie alerta El aIado Dor el rie del expe piante, aunque reduciendo el valor unitario lo por éste a la superficie de hectáreas cultivadas $ 180 la hectárea, por cuanto dicho Ea incluía en su tasación, alambrados y canales, que el MITE re ECU ero ETA.
El Ing. Rosa, perito tercero, hace una discriminación más minuciosa de las diferentes zonas o porciones del campo, reduciendo el número de hectáreas de inferior calidad a más o menos 100 y elevando el número de hectáreas de mejor calidad o cultivadas más o meno" a 46, asignándoles a las primeras un precio amitario de $30 7 a las mpundos diferentes precios ! según sus destinos. La precisión en cuanto a superficies del informe de la Dirección de Ingenieros del Ministerio de Guerra, hace que este tribunal le dé preferencia a la valuación hecha To, se repite— con criterio transaccional por el Tribunal de asaciones, 2) Edificios: En este aspecto el Tribunal de Tasaciones ha seguido punto pr unto la valuación e E el perito tercero, separándose en cuanto al precio unitario por su
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:77
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